El Tribunal Supremo ha declarado el procedimiento del Registro Único para alquileres de corta duración nulo y sin efecto; se trataba de una medida del Gobierno central que obligaba a los propietarios a obtener un número de registro para poder anunciar alojamientos turísticos en plataformas como Airbnb o Booking.
Esta decisión supone un cambio significativo en la regulación de los alquileres de corta duración en España, ya que el Tribunal considera que el Estado ha invadido competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas en materia de turismo.
¿Qué era el Registro Único?
El Registro Único, creado mediante el Real Decreto 1312/2024, era un sistema estatal que tenía como objetivo:
- Asignar un identificador único a viviendas de uso turístico o alquiler temporal
- Supervisar los anuncios publicados en plataformas digitales
- Centralizar la información entre las distintas administraciones públicas
Su finalidad era mejorar el control del sector y reducir el fraude en los alquileres de corta duración.
¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo ha determinado que:
- El Estado no tiene competencia para crear un registro turístico nacional de este tipo
- La regulación del alquiler turístico corresponde a las Comunidades Autónomas
- El sistema estatal es nulo por invasión de competencias
No obstante, la sentencia no elimina todo el sistema previsto en el decreto. Herramientas como la Ventanilla Única Digital y los mecanismos de intercambio de información entre plataformas y administraciones siguen en vigor.
¿Qué cambia con esta decisión?
La anulación del Registro Único implica varios cambios relevantes:
- Se elimina el requisito de un número de registro estatal para anunciar viviendas
- Se reduce la duplicidad administrativa para muchos propietarios
- Las Comunidades Autónomas recuperan el control regulatorio
- La supervisión del sector vuelve a depender principalmente de los registros turísticos regionales
Sin embargo, esto no supone una desregulación del sector ni la eliminación de los controles sobre los alquileres turísticos.
¿Qué sigue siendo obligatorio?
A pesar de la anulación del registro estatal, siguen vigentes varias obligaciones clave para los propietarios de alojamientos turísticos:
- Inscripción en registros turísticos autonómicos o sistemas de licencias
- Cumplimiento de la normativa municipal aplicable
- Obligaciones fiscales correspondientes
- Registro de huéspedes cuando proceda
- Obligaciones de comunicación de datos a través de los sistemas establecidos
Esta sentencia no elimina la regulación del alquiler turístico en España, sino que cambia de forma significativa quién la regula y cómo se estructura, devolviendo el control principalmente a las Comunidades Autónomas.
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