Prevención del Blanqueo de Capitales: evite los riesgos

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PBC - Fuster & Associates

Cumplimiento normativo conforme a la Ley 10/2010, de 28 de abril

1. Un compromiso con la seguridad y la transparencia

En Fuster & Associates llevamos más de 25 años asesorando a clientes internacionales en materia de transmisiones de propiedad, inmigración y fiscalidad. Una parte esencial de nuestro trabajo consiste en garantizar que todas las transacciones que gestionamos cumplan plenamente con la legislación vigente.

La prevención del blanqueo de capitales (PBC) es una obligación legal que protege la integridad del sistema financiero y ayuda a combatir las actividades delictivas. Nuestro compromiso con estas normas no es solo un requisito reglamentario, sino también una garantía de seguridad, transparencia y confianza para nuestros clientes.

2. Marco legal aplicable

Las principales normativas en esta materia son:

  • Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
  • Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Esta ley establece los procedimientos y obligaciones que deben cumplir los denominados «sujetos obligados», entre los que se incluyen abogados y asesores en determinadas circunstancias, especialmente cuando participan en operaciones inmobiliarias, fiscales o societarias.

3. ¿Qué se considera blanqueo de capitales?

A los efectos de esta Ley, se entenderán por activos procedentes de actividades delictivas cualquier tipo de activos cuya adquisición o posesión tenga su origen en un delito, ya sean materiales o inmateriales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, así como los documentos o instrumentos jurídicos, independientemente de su forma, incluidos los formatos electrónicos o digitales, que certifiquen la titularidad de dichos activos o un derecho sobre los mismos, incluida la cuantía defraudada en el caso de delitos contra el Erario Público.

4. ¿Cómo aplica Fuster & Associates la normativa?

Como despacho dedicado a servicios inmobiliarios, fiscales y de asesoramiento para clientes internacionales, estamos sujetos a los controles y procedimientos exigidos por la Ley 10/2010.

En la práctica, esto incluye:

  • Verificación previa de la identidad de cada cliente.
  • Identificación del beneficiario efectivo de los fondos o de las transacciones.
  • Solicitud y análisis de la documentación relativa al origen de los fondos.
  • Seguimiento continuo de las transacciones y de la relación profesional.

5. Información y documentación que solicitamos

Para cumplir con la ley y garantizar un servicio seguro, se solicitará a los clientes:

Identificación personal

    • Nombre completo y fecha de nacimiento, documento de identidad válido (pasaporte, DNI, NIE) y país de expedición.
    • País de residencia y nacionalidad.
    • Dirección, estado civil, régimen económico matrimonial, profesión, si es una persona políticamente expuesta…

Titularidad real

Cuando un cliente actúa en nombre de una empresa, entidad o estructura corporativa, debe proporcionar:

    • Información sobre el porcentaje de participación.
    • Datos sobre entidades intermediarias.
    • Documentación que permita verificar quién controla en última instancia la transacción.

Documentación que solicitamos a las personas físicas

  • Las dos últimas declaraciones de la renta.
  • Las tres últimas nóminas.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Documentación relacionada con el origen de los fondos.

Documentación que solicitamos a las personas jurídicas:

  • Escritura de constitución.
  • Código de Identificación Fiscal (CIF).
  • Declaración del impuesto de sociedades y cuentas anuales.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Tarjeta de visita, si está disponible.
  • Titular real.
  • Documentación relacionada con el origen de los fondos.

6. Supervisión y controles: ¿por qué son necesarios?

La ley exige a las partes obligadas mantener una supervisión continua de la relación con el cliente. Para nuestros clientes, esto significa que:

  • Podemos solicitar información adicional si la operación lo requiere.
  • Llevaremos a cabo un escrutinio razonable de las operaciones para verificar su coherencia con el perfil facilitado.
  • Mantendremos la documentación actualizada para cumplir con los requisitos legales.

Este seguimiento no es una señal de desconfianza, sino más bien un protocolo de cumplimiento que protege tanto al cliente como a la firma.

Le ayudaremos con el proceso.

7. Situaciones especiales o de alto riesgo

Si durante la revisión de una transacción se detecta alguna irregularidad, contradicción o indicador de riesgo, la ley exige un examen especial de la transacción.

8. Protección y conservación de la información del cliente

La información y la documentación recopiladas están protegidas con estrictas medidas de seguridad y confidencialidad.

Su uso se limita al cumplimiento de las obligaciones legales y solo se comparte con terceros cuando existe un requisito legal explícito.

Queremos ayudarle a sortear todas las complejidades legales que conlleva la compra de una vivienda en España, pero este artículo es información legal y no debe considerarse asesoramiento jurídico.

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